Te explicamos brevemente los diferentes tipos de despido, en función de la causa que motiva la decisión empresarial y de la ulterior calificación jurídica que imponga la jurisdicción social si el despido es impugnado.
Extinción del contrato de trabajo por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
Constituyen incumplimiento grave del trabajador y, por tanto, justifican el despido disciplinario, las siguientes:
Además de estas causas genéricas recogidas en el Estatuto de los Trabajadores, habrá que revisar el Convenio Colectivo aplicable para conocer las restantes causas aplicables.
La causa que alegue el empresario deberá estar recogida y justificada en la carta de despido que entrega al trabajador. Es fundamental contar con un buen asesoramiento en el examen de dicha carta, pues constituye la base de la impugnación judicial.
Para saber más del proceso de impugnación, revisa procedimiento de los despidos individuales
Extinción del contrato de trabajo por decisión del empresario, mediante despido basado en causas objetivas tasadas en el Estatuto de los Trabajadores.
Las siguientes causas recogidas por la ley justifican el despido objetivo:
El despido objetivo por faltas de asistencia ha sido derogado por la Ley 1/2020
Cuando la extinción afecte a un número de trabajadores que supere los umbrales del despido colectivo deberá seguirse el procedimiento establecido para los mismos
Para saber más del proceso de impugnación, revisa procedimiento de los despidos individuales
Sólo en el caso de que el trabajador impugne su despido judicialmente, el despido es calificado de una de las tres siguientes maneras por el juez, en función de la legalidad del mismo.
A continuación diferenciamos entre los tres tipos de despido en función de su calificación jurídica (improcedente, nulo o procedente):
No se acredita el incumplimiento o la causa alegada por el empresario o no se cumplen las exigencias formales establecidas
El empresario puede optar entre:
El trabajador acredita la vulneración de sus derechos fundamentales
Al empresario se le impone:
Queda acreditado el incumplimiento o la causa alegada por el empresario
Se convalida la decisión del empresario, declarándose extinguida la relación laboral sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación por parte del trabajador