Despidos individuales

DESPIDOS INDIVIDUALES

¿QUÉ ES UN DESPIDO INDIVIDUAL?


El despido es la extinción unilateral del contrato de trabajo por parte del empresario

En función de las causas que motiven la decisión del empresario, el despido puede ser:

  • Disciplinario
  • Objetivo


Cuando la extinción afecte a un número de trabajadores que supere los umbrales del despido colectivo deberá seguirse el procedimiento establecido para los mismos

¿QUÉ DERECHOS TIENE EL TRABAJADOR EN UN DESPIDO INDIVIDUAL?


El trabajador afectado por un despido cuenta con una serie de derechos:

  1. Derecho a conocer las causas del despido: esto se da, normalmente, mediante la notificación de la carta de despido, en la que el empresario explica las causas que motivan su decisión de rescindir el contrato
  2. Derecho al cobro del finiquito: en el mismo, el empresario abona al trabajador las cantidades debidas (nómina del mes en curso, vacaciones no disfrutadas por el trabajador...) además de la indemnización de 20 días por año trabajado en el caso de que se trate de un despido objetivo
  3. Preaviso: Igualmente, en el caso de que el despido sea objetivo, el empresario deberá comunicar su decisión con 15 días de preaviso
  4. Derecho a la prestación por desempleo: Una vez despedido, el trabajador podrá acudir al SEPE para darse de alta como demandante de empleo y cobrar la prestación que le corresponda
  5. Derecho a solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito
  6. Derecho a impugnar el despido de forma extrajudicial ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) y mediante demanda judicial ante la jurisdicción social, todo ello en un plazo de 20 días hábiles desde la comunicación del despido.

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Proceso de un despido individual
Proceso de un despido individual

* Acto de conciliación y conciliación judicial: en ambos casos, si se llega a un acuerdo, se termina el proceso de impugnación

** Recurso de suplicación: tanto la empresa como el trabajador pueden presentar recurso extraordinario de suplicación contra la sentencia del juzgado de lo social

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